Descubriendo las nuevas condiciones de la Denominación de Origen Protegida Ribeira Sacra

  • El DOG publica la decisión favorable de modificar el pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Ribeira Sacra
  • Entre los cambios más destacados están las nuevas denominaciones de vinos de guarda y barrica, así como la posibilidad de producir rosados amparados por esta DO
  • Se amplía además la delimitación geográfica a nuevas parroquias en los municipios de O Saviñao, A Teixeira y Sober

 

El Diario Oficial de Galicia publicó ayer la orden por la que se adopta decisión favorable en relación con la solicitud de registro de la modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen protegida Ribeira Sacra. Después de que los cambios fueran presentados públicamente en julio y no se hayan recibido notificaciones en contra, se procede a hacerlos efectivos.

En este ruego, que es la guía por la que se rige el funcionamiento de la DO, se actualizan las normas para adaptarlas a los gustos de los consumidor, las nuevas tecnologías enológicas existentes y al dinamismo del territorio y de los productores, pero sin perder la esencia del vino producido secularmente en valles de los ríos Miño y Sil.

Entre las novedades más destacables encontramos las nuevas denominaciones de vinos de guarda y barrica, así como la posibilidad de producir rosados amparados por esta denominación de origen. Se regulan además los depósitos y tiempos mínimo autorizados para la crianza de los caldos amparados, contemplando materiales como la madera o el hormigón. Desde el consejo regulador consideran que estos nuevos vinos y elaboraciones pueden ampliar los horizontes comerciales para los vinos de la Ribeira Sacra. Así, ahora se podrán comercializar vinos con la mención “guarda”, para que también se distingan en el mercado. Se trata de poner en valor elaboraciones que se llevan a cabo en recipientes de madera que por la capacidad no entrarían en la denominación “barrica” y también el uso de depósitos de cemento u otros materiales. Este tipo de elaboraciones se vienen realizando desde hay unos 15 años y son prácticas similares a las que se empleaban antes, cuando aún no había llegado el acero a las bodegas.

Asimismo, se aprovechó para modificar los requisitos para los vinos que llevan la mención “súmmun”. Solo será preciso que estén elaborados con un 85% de uva de las variedades consideradas principales, sin obligar a que la mencía represente el 60% del total, como hasta ahora.

En el que se refiere a castas autóctonas a tempranillo pasa a tener la categoría de autorizada y se añaden las castas de uva blanca blanco legítimo y caíño blanco. El blanco legítimo va a aportar su carácter terpénico y el caíño blanco enriquecerá en matices las elaboraciones. En el caso de las tintas se incorporan tres: grano negro, caíño largo y caíño bravo.

Más territorio

En el que se refiere la zona amparada por esta DO se mantienen prácticamente inalteradas las zonas de producción y elaboración autorizadas excepto algunos pequeños núcleos como el de Fontao, en A Teixeira, y Fión, en O Saviñao, en las que históricamente se viene cultivando viñedo. En el que se refiere a la elaboración de vino, se amplía la zona a las parroquias de Gundivós (municipio de Sober) y Boazo (municipio de A Teixeira). Estos cambios se deben a ajustes en la delimitación territorial de las parroquias ya existentes.

En el nuevo pliego se hace una revisión de los parámetros organolépticos para las catas permitiendo una gama mas amplia de registros olfato gustativos que reflejen la variedad que se da en una zona vitícola tan amplia.

Por otra parte, en el que se refiere a los rendimientos, se hace un pequeño ajuste técnico permitiendo obtener 69 litros a partir de 100 kg de uva, frente a los 67 anteriores, que son parámetros que permiten obtener vinos de la calidad con las moderna técnicas de prensado.

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