Ayudas para la creación de superficies forestales

  • La Xunta destina para 2020 y 2021 un total de 8 millones de euros a las ayudas para la creación de superficies forestales
  • El DOG viene de publicar la convocatoria de estas subvenciones para -entre otros- los propietarios particulares, sus asociaciones y agrupaciones, las cooperativas, las comunidades de montes vecinales y las sociedades de fomento forestal
  • Como novedad, se permitirá forestar con coníferas y frondosas los terrenos ocupados por rebrotes de pequeños eucaliptos, sobre todo en montes afectados por incendios

 

El Diario Oficial de Galicia (DOG) vine de publicar una Orden de la Consellería de Medio Rural por la que se convocan las ayudas para la creación de superficies forestales, por un importe total de 8 millones de euros, para las anualidades de 2020 y 2021 (2 millones corresponden al 2020 y los 6 restantes a 2021). Estas subvenciones se destinarán a la creación de superficies forestales con especies de coníferas y frondosas.

Los beneficiarios serán las sociedades de fomento forestal (Sofor), los propietarios particulares de forma individual, las asociaciones y agrupaciones de propietarios particulares formalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Xunta de Galicia, las cooperativas agrarias, los proindivisos, los montes de varas, abertales, de voces, de vocerío y fabeo, las comunidades de bienes, las entidades locales, otras personas jurídicas y las comunidades de montes vecinales en mancomún.

Las actuaciones que podrán ser objeto de subvención son los gastos de plantación forestal y de área de defensa contra incendios forestales, que incluirán los necesarios para el tratamiento de la vegetación preexistente, la preparación previa del terreno, adquisición de planta, así como los de plantación propiamente dicha y la zona de defensa frente el fuego. También, las infraestructuras de acompañamiento y obras complementarias.

Novedades

Entre las novedades de esta convocatoria hace falta destacar que se amplían las especies frondosas que pueden ser objeto de ayuda, pasando de diez a 21. Además, se permitirá forestar con coníferas y frondosas los terrenos ocupados por eucalipto con diámetro normal medio inferior a 10 cm. y de este modo incentivar el cambio de especie en esas zonas (especialmente aquellas áreas de rebrote de pequeños eucaliptos, sobre todo en terrenos afectados por incendios). Asimismo, se promueven actuaciones de cambio de especie en los terrenos ocupados por especies invasoras, como la acacia negra, la mimosa y/o la falsa acacia.

La mayores, se fomenta la creación de nuevas masas de pino del país mediante repoblaciones de alta calidad genética, es decir, con el uso de plantas de la categoría más alta en esta materia y que pueden suponer incrementos en los crecimientos superiores al 7% con respecto a plantaciones normales.

Por último, se reducen y se flexibilizan los requisitos de superficie mínima de actuación para poder acceder a las ayudas. Así, por ejemplo, se rebaja el mínimo establecido para las agrupaciones y Sofor, que en la anterior convocatoria era de tres hectáreas y ahora pasa a ser de tan sólo una hectárea. Esto les facilita el acceso a las ayudas a este tipo de entidades.

El plazo de presentación de solicitudes para poder beneficiarse de estas subvenciones, gestionadas por la Consellería de Medio Rural, será de treinta días hábiles contados a partir de mañana, día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOG.

Esta convocatoria de ayudas es la quinta de las correspondientes al Programa de Desarrollo Rural (PDR) 2014-2020. En las cuatro anteriores, gracias a estas subvenciones se actuó en una superficie total de algo más de 10.500 hectáreas, con un importe global de 18,6 millones de euros y 525 beneficiarios.

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