Publicado el nuevo reglamento para los casinos gallegos

  • El Diario Oficial de Galicia publicó ayer el nuevo reglamento de casinos de juego en nuestra Comunidad
  • Mediante este decreto, los casinos matriz podrán tener una sala adicional en otra ciudad de su provincia, siempre y cuando sus instalaciones no superen el 80 por ciento de su superficie
  • La nueva norma regula también la creación de un ‘Registro de Casinos de Juego’, y aspectos como las autorizaciones, mecanismos de control, infracciones y sanciones

logo_DOGEl Diario Oficial de Galicia publicó ayer el nuevo Reglamento de casinos de juego de nuestra comunidad, que entrará en vigor dentro de 20 días a partir de fecha, y que entre otros aspectos, regula la apertura de salas adicionales las ya abiertas en cada provincia.

El reglamento consta de seis títulos y un preliminar, en el que se recoge la creación y regulación del ‘Registro de Casinos de Juego’, en el que se dará publicidad a los aspectos más relevantes de este tipo de establecimientos y de los elementos de juego presentes en estos. Estructurado en cuatro secciones: Empresas fabricantes e importadoras, Empresas titulares de casinos de juegos, Casinos de juegos y Material de casinos de juegos. Cada sección, su vez, dispondrá de subseccións para inscribir las autorizaciones que, según este nuevo reglamento, le correspondan a cada tipo de empresa y los efectos de la inscripción.

Regulación de las salas adicionales
Esta norma, regula también las llamadas “salas adicionales”, cuya apertura es posible ahora en Galicia gracias a una modificación hecha por el Gobierno gallego a través de la Ley de medidas fiscales y administrativas. Estas salas podrán autorizarse a cada uno de los casinos con el condicionante de que se ubiquen en la misma provincia pero en una ciudad diferente. Además, no podrán superar el 80 por ciento de la superficie de la zona destinada a juegos en el casino matriz.

También se recoge en este título un apartado relativo a la admisión a las salas de juego, poniendo el mayor énfasis posible en que se impida el acceso a los menores de edad y la aquellas personas inscritas voluntariamente en el “Registro de prohibidos” de la Xunta; y se recogen una serie de garantías de para los usuarios como son la expedición de tarjetas de entrada, la información para el público y la existencia de un libro de reclamaciones.

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